Algunas sentencias aportan una mirada especialmente valiosa sobre los modelos que estructuran los sistemas de protección social, porque ayudan a ordenar conceptos y comprender mejor su lógica jurídica.

La Sentencia del Tribunal Supremo 1937/2025, de 22 de diciembre, se inscribe en este tipo de resoluciones. Más allá del caso concreto que analiza, ofrece una lectura relevante sobre la naturaleza jurídica del mutualismo y su ensamblaje dentro del sector asegurador.

Mutualismo y seguro: una doble dimensión integrada

El Tribunal Supremo reafirma una doctrina ya consolidada: las mutualidades de previsión social operan en una doble dimensión integrada.

Por una parte, desarrollan una función aseguradora, sujeta a la Ley de contrato de seguro.

Por otro lado, funcionan como organizaciones de base mutual, regidas por los principios de participación, igualdad y gobernanza democrática.

Esta combinación configura una arquitectura propia, que permite entender el mutualismo como modelo específico dentro del sistema de protección, con reglas y equilibrios adaptados a su naturaleza colectiva.

El artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguros en el contexto mutualista

La sentencia pone de manifiesto la importancia de leer el artículo 3 de la LCS de forma sistemática y contextualizada.

En las mutualidades, determinadas modificaciones de prestaciones se derivan de acuerdos adoptados por los órganos soberanos, de acuerdo con los estatutos y mediante procedimientos democráticos. En este marco, el consentimiento de los socios se articula de forma estatutaria y colectiva, como expresión de la participación en el gobierno de la entidad.

Esta forma de articular el consentimiento refuerza la coherencia del modelo y garantiza la transparencia desde la propia lógica del mutualismo.

Ajustes colectivos y sostenibilidad del sistema

Otro elemento relevante que destaca la sentencia es la capacidad del mutualismo para ajustar el equilibrio entre aportaciones y prestaciones cuando las circunstancias lo requieren y los estatutos lo contemplan.

Esta capacidad de adaptación permite preservar la sostenibilidad del sistema, mantener la equidad entre mutualistas y asegurar la continuidad de protección en el tiempo. Se trata de una expresión de solidaridad organizada, basada en reglas claras y compartidas.

Una forma propia de articular los derechos

El mutualismo se basa en una arquitectura colectiva de protección que va más allá de la relación estrictamente bilateral.

En este modelo, los derechos individuales se desarrollan en un marco común, aprobado democráticamente, que integra corresponsabilidad, participación e interés mutual. Esta forma de articular los derechos forma parte esencial de su naturaleza jurídica y de su valor social.

Una lectura con alcance general

Leída con perspectiva, esta sentencia contribuye a ordenar el marco conceptual del mutualismo y reconocer la pluralidad de modelos de protección existentes dentro del sistema asegurador.

También pone de relieve el papel de la gobernanza democrática como elemento clave en determinadas formas de organización de la previsión social, y la importancia de una lectura jurídica ajustada a cada modelo.

Conclusión

Una comprensión rigurosa de los distintos modelos de protección permite regularlos con criterio, explicarlos con claridad y proyectarlos con responsabilidad.

En este sentido, resoluciones como ésta refuerzan la lectura del mutualismo como una arquitectura jurídica y social de protección compartida, plenamente integrada en los sistemas contemporáneos de previsión social.

El presidente de la Federación de Mutualidades ha destacado el largo recorrido histórico de las entidades de la ESS y su papel estructural en la economía del país.

Barcelona, ​​12 de diciembre de 2025.

El Parlamento de Cataluña ha acogido las primeras ponencias del futuro Proyecto de ley de la economía social y solidaria con una primera intervención del presidente de la Federación de Mutualidades, Jordi Busquet. También ha participado Juli Martínez del Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de Catalunya (CEESC). Estas dos primeras intervenciones han coincidido en la necesidad de definir con rigor el marco de la ESS para garantizar que la futura norma preserve los valores que históricamente han vertebrado el sector.

Jordi Busquet ha recordado que la Federación de Mutualidades forma parte de la Asociación Economía Social Cataluña (AESCAT) y que las organizaciones de la economía social y solidaria «invertimos en país, generamos puestos de trabajo estables y tenemos impacto en el territorio».

Por otra parte, Busquet ha alertado del riesgo de la apropiación indebida del concepto de ESS por parte de empresas que no cumplen los criterios: «Una empresa que se defina como responsable no tiene por qué ser una entidad de la economía social y solidaria». Por eso, ha defendido que la futura ley establezca un marco normativo sólido, capaz de preservar la esencia del sector y de impulsarlo como herramienta estratégica para el desarrollo económico y social de Catalunya.

Finalmente ha destacado el proceso democrático y participativo que ha llevado a la AESCAT a elaborar un documento de consenso, realizando investigación internacional e incorporando las aportaciones de más de 500 organizaciones.

Las preguntas planteadas por los grupos parlamentarios

Tras escuchar atentamente las intervenciones de Jordi Busquet y Juli Martínez, los distintos grupos parlamentarios han planteado algunas preguntas sobre los requisitos para formar parte de la ESS. En concreto se han interesado por la participación democrática, la calidad del servicio, la relación entre lucro y beneficio, el efecto sobre la rentabilidad, el papel del Consejo y del Plan Nacional de la ESS, y la necesidad de garantizar que la norma no excluya a ninguna organización que realmente sea parte del sector. El debate ha evidenciado la voluntad general de seguir avanzando hacia un texto ampliamente consensuado.

El modelo ético de organizaciones de la ESS como la Federación de Mutualidades

Las empresas y entidades que forman parte de la ESS en Cataluña suman más de 7.400 organizaciones, 140.000 empleos y una facturación total de 8.000 millones de euros.

Además, las entidades que pertenecen a la Federación de Mutualidades de Catalunya reinvierten los beneficios en mejoras y servicios para sus mutualistas, están formadas por personas, toman las decisiones de forma democrática y priorizan el interés colectivo por encima del capital.

Campaña de comunicación «La economía que emociona»

Paralelamente al inicio de las intervenciones parlamentarias de la futura ley de la economía social y solidaria se ha iniciado la campaña de comunicación «La economía que emociona» de la AESCAT. Una iniciativa que reivindica el valor transformador de la ESS como una economía que funciona, cuida y transforma.